Anuncio cobranza AGUA 4T 2022

Edicto de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza

Aprobados definitivamente por Decreto de esta Alcaldía de fecha de 15/12/2022,
los padrones y listas cobratorias de la tasa por suministro de agua, y recaudación del
IMAR, referidos del 4º trimestre de 2022, a efectos tanto de su notificación colectiva, en
los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información
pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público, por el plazo de quince
días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas
observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.


Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la
Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de
finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el
artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.


De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29
de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en
conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del
impuesto correspondiente al año 2022, en:

Localidad: BIELSA
Oficina de Recaudación: Secretaría del Ayuntamiento. Plaza Mayor, s/n. Bielsa
Plazo de Ingreso o cobro de recibos domiciliados: del 30 de enero al 28 de febrero de 2023

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda
se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia
de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las
costas del procedimiento de apremio.

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